Derechos Humanos en Costa Rica

Derechos Humanos en Costa Rica

Los derechos humanos son el conjunto de derechos inherentes a todas las personas, sin distinción alguna.

Los principios esenciales en esta materia son:

  • El principio de universalidad
  • El principio de interdependencia
  • El principio de indivisibilidad
  • El principio de progresividad

 

Normativa internacional sobre Derechos Humanos

Actualmente, existen diversas normas que regulan este tipo de derechos. Entre ellas se encuentran, por ejemplo: la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención Interamericana contra el Racismo y la Discriminación Racial, la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño. Además, existen otras normas complementarias.

Mecanismos de protección en Costa Rica

Ante cualquier transgresión de uno o varios de este tipo de derechos, se puede acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y/o a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, según sea el caso. De esta forma, se garantiza un acceso efectivo a la justicia.

Corte Interamericana de Derechos Humanos

En cuanto a su relevancia internacional, la Corte Interamericana es uno de los tres tribunales regionales de protección de los derechos humanos. Se encuentra juanto a la Corte Europea de Derechos Humanos y la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Se trata de una institución judicial autónoma cuyo objetivo es aplicar e interpretar la Convención Americana.

Asimismo, ejerce una función contenciosa. Esta incluye la resolución de casos contenciosos y el mecanismo de supervisión de sentencias.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ejerce tres funciones esenciales:

Función contenciosa

Se da si un Estado incurre en responsabilidad internacional por la violación de alguno de los derechos consagrados en alguna convención o tratados de derechos humanos aplicables al Sistema Interamericano. Asimismo, comprende la supervisión del cumplimiento de sentencia.

Medidas provisionales

En segundo lugar, la facultad de dictar medidas provisionales se da cuando existen casos de extrema gravedad y urgencia, y sea necesario evitar daños irreparables a las personas.

Función consultiva

Por último, la función consultiva consiste en responder consultas que formulan los Estados miembros de la OEA o los órganos de esta. Estas consultas se refieren a la compatibilidad de las normas internas con la Convención y a la interpretación de la Convención u otros tratados sobre la protección de los derechos humanos en los Estados Americanos.

Servicios legales que ofrecemos:

  • Análisis de su situación legal.
  • Elaboración de informes y dictámenes sobre el tema de interés.
  • Asesoría legal y dirección jurídica para la protección de los Derechos Humanos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Que dicen nuestros clientes

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