Reintegro de Gastos por la Caja Costarricense del Seguro Social

Con base en el artículo 23 del Reglamento de la Ley de derechos y deberes de las personas usuarias de los servicios de salud públicos y privados (Nº 32612), las personas usuarias o aseguradas que se encuentran al día con sus obligaciones tienen la facultad de presentar una denuncia o reclamo por acciones u omisiones que pongan en grave riesgo la salud, o que impliquen un deterioro en la calidad de los servicios de atención médica, ante la Auditoría General.

Si el asegurado demuestra la inopia del personal o dificultades para conceder la atención en sus propias instalaciones, podrá optar por la libre elección médica y solicitar el reintegro de gastos, de acuerdo con el artículo 20 del Reglamento del Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social y el numeral 69 de Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.

La finalidad de este procedimiento administrativo es velar por la salud, que es derecho humano fundamental, evitando afectaciones a ese derecho, o discriminaciones en los servicios de salud. Asimismo, busca resguardar la dignidad humana, conforme lo estipulado en los numerales 21 y 33 de la Constitución Política.

En caso de que usted se encuentre ante una situación similar, le compartimos nuestras cuatro recomendaciones:

  1. Preferiblemente, presente la denuncia o el reclamo por lesiones a sus derechos de forma escrita, porque permite crear un registro de lo ocurrido, a diferencia de si se realiza verbalmente.

  2. Tome en consideración que el plazo para presentar la denuncia es de 5 días hábiles siguientes al hecho que lo originó, o del egreso del establecimiento de salud para presentar la denuncia.

  3. Si usted no puede presentar personalmente la denuncia, habilite a un tercero para que le colabore.

  4. Registre con detalle todos los gastos que ha incurrido en su tratamiento o cirugía.

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Carolina Castro V
Paralegal

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