Derecho Tributario en Costa Rica
- Home /
- Service /
- Derecho Tributario en Costa Rica
Los tributos corresponden a una carga continua u obligación impuesta a los contribuyentes, en virtud de la capacidad económica, establecidos por Ley en beneficio del Estado.
Los impuestos, las tasas y las contribuciones especiales son tributos que el Estado, en el ejercicio de su poder de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.
La deuda u obligación tributaria nace a raíz de la realización del hecho generador, presupuesto que se encuentra establecido por ley para tipificar el tributo, y la encargada de exigir los tributos es la Administración Tributaria.
El derecho tributario busca regular, con base a principios y normas jurídicas, la obtención de ingresos por parte de los entes públicos y fiscalizar los tributos e impuestos en Costa Rica.
A través de los siguientes medios:
En esta materia tributaria, la prescripción ha sido uno de los temas más comunes que se ventila en procedimientos administrativos y procesos judiciales.
Es la extinción de la deuda tributaria por el transcurso del tiempo e inactividad del Estado. Esta prescripción de la obligación tributaria extingue el derecho al cobro de los intereses.
En nuestra normativa, podemos encontrar distintos plazos de prescripción. En su mayoría, las deudas tributarias prescriben a los 4 años. Sin embargo, existen otras que prescriben a los 10 años.
También, cabe la posibilidad de que la prescripción sea de 3 años, si los casos son anteriores a la reforma del Código Tributario, por lo que siempre se recomienda verificar cada situación en particular.
Cabe destacar que, a partir del año 2016, los términos de prescripción se empezaron a contabilizar al mes siguiente a la fecha de que el tributo debía cancelarse.
Es la extinción de la deuda tributaria por el transcurso del tiempo e inactividad del Estado. Esta prescripción de la obligación tributaria extingue el derecho al cobro de los intereses.
En nuestra normativa, podemos encontrar distintos plazos de prescripción. En su mayoría, las deudas tributarias prescriben a los 4 años. Sin embargo, existen otras que prescriben a los 10 años.
También, cabe la posibilidad de que la prescripción sea de 3 años, si los casos son anteriores a la reforma del Código Tributario, por lo que siempre se recomienda verificar cada situación en particular.
Cabe destacar que, a partir del año 2016, los términos de prescripción se empezaron a contabilizar al mes siguiente a la fecha de que el tributo debía cancelarse.